Aumentan penas de cárcel por publicar fotos y videos de cadáveres y restos de infantes

congreso

Con 18 votos avala el Congreso del Estado aumentar las sanciones en contra de personas que publiquen fotos o videos de cádaveres y restos de infantes.

 

Lo anterior al avalarse la iniciativa de reforma al Código Penal presentada por el diputado local del PAN, Roy Cervantes.

 

Actualmente, las penalidades para los tipos penales protectores de la dignidad de los muertos, se contemplan penas de prisión de 6 meses a 3 años y en la lista esta prohibido atentar contra los muertos de la siguiente manera:

 

I. Su destrucción, desecho, mutilación, incineramiento, ocultamiento, inhumación o exhumación, sin la debida autorización de las autoridades sanitarias correspondientes;

 

II. El ocultamiento o abandono del cadáver o alguna parte de éste, o la omisión de aviso a las autoridades ante el conocimiento de su existencia;

 

III. Usarlos para cualquier fin, sin la autorización de las autoridades competentes;

 

IV. Cometer actos de vilipendio sobre los mismos o violar el lugar donde éstos se encuentren;

 

V. Profanarlos con actos de necrofilia; o

 

VI. Fotografiar o videograbar, así como difundir o permitir la difusión o por cualquier medio, de las imágenes o videos de uno o más cadáveres, restos humanos, documentos o datos que permitan su identificación, sin la autorización de los ofendidos o autoridad competente.

 

En este caso, lo que se agrega, es la siguiente agravante, que podría conducir al sentenciado a una pena de 1 a 6 años tras las rejas:

 

Al responsable de las conductas descritas en las fracciones anteriores, tratándose de cuerpos sin vida o restos humanos de niñas, niños o adolescentes, así como de imágenes, audios o videos de cuerpos sin vida o restos humanos, las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad.

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