Avalan matrimonios de personas enfermas, drogadictas y alcohólicas
En el Congreso del Estado se avalan los matrimonios de personas enfermas, impotentes, drogadictas o alcohólicas, siempre y cuando ambas partes estén informadas y firmen que lo hacen de manera consciente y enterada.
Se trata de la reforma al artículo 153 del Código Civil, el cual señala que son impedimentos para contraer matrimonio:
“La incapacidad, la embriaguez habitual y el consumo indebido y persistentes de drogas enervantes. Padecer esterilidad incurable, impotencia crónica para la cópula, alguna enfermedad de transmisión sexual. Alguna enfermedad crónica o incurable que sea además contagiosa o hereditaria, así como padecer alguna otra enfermedad que haga prever algún perjuicio grave o degenerativo para los descendientes del matrimonio”.
Lo que se agrega con esta reforma, es el siguente texto:
“…salvo que los contrayentes manifiesten y firmen ante el Oficial del Registro Civil, que en plenitud de sus facultades acceden de manera informada, consensuada, voluntaria y libremente a contraer matrimonio, a pesar de saber sobre cualquiera que sea el impedimento referido en la presente fracción”.