Eliminan la tutela forzada del esposo sobre la esposa y viceversa
El Congreso del Estado elimina la tutela forzosa del esposo sobre la esposa y viceversa.
En pleno siglo XXI en el Código Civil del Estado seguía estipulándose lo anterior y era el artículo 508 el que señalaba lo anterior:
Artículo 508.- El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer y
ésta lo es de su marido.
Finalmente, esta propuesta de reforma presentada en la anterior legislatura fue avalada por los actuales legisladores para quedar de la siguiente manera:
Articulo 508.- Entre cónyuges existe tutela legítima.