Reconoce Tribunal Electoral a Alejandra Peña como diputada, pese a no tener la toma de protesta 

Tribunal Electoral

El Tribunal Electoral del Estado, declara la omisión del Congreso del Estado por no llamar a Alejandra Peña Curiel a que tomara protesta como diputada suplente.

La querella interpuesta por la morenista, acusa la violación de sus derechos político-electorales, por no permitírsele el acceso y desempeño del cargo para el que fue electa, “derivado de la presunta omisión de la Autoridad Responsable de tomarle protesta al cargo e integrarse a las funciones legislativas con motivo de la licencia por tiempo indefinido solicitada por
la diputación propietaria, por lo que, desde su perspectiva, no existe justificación alguna para que aún no se le llame a ocupar el referido cargo dentro del H. Congreso del Estado”. 

"... El cual fue promovido por la ciudadana Alejandra Peña Curiel en su calidad de diputada suplente de MORENA del H. Congreso del Estado de Aguascalientes en contra de la negativa de la Mesa Directiva de dicho Congreso de tomarle protesta como diputado en funciones debido a que la Diputación propietaria pidió licencia por tiempo indefinido, lo que a su consideración violenta en su perjuicio del derecho político electoral a ser votada en su vertiente de desempeño del cargo, y por tanto pretende esta autoridad electoral ordena al Congreso del Estado le teme protesta inmediata al cargo por el que fue electa..."

El resolutivo del Tribunal Electoral señala que sí hubo omisión, al no llamarla a tomar posesión en la sesión del 18 de diciembre.

"... En el proyecto se estima que le asiste la razón a la actora, en lo relativo a la misión de la presidenta de la Mesa Directiva de haberle tomado protesta en la sesión inmediata siguiente la aprobación de la licencia de la diputada propietaria, situación que actualiza una afectación de tracto sucesivo a su derecho a ser votada en su vertiente de acceso al cargo, ello en atención a que la diputada propietaria presentó solicitud de licencia el 22 de noviembre, siendo aprobada el 11 de diciembre siguiente por el Pleno del Congreso y atendiendo a lo dispuesto por la normativa local vigente lo correcto era que la diputada suplente fuera convocada a tomar protesta desde el 18 de diciembre, fecha en que de acuerdo a la agenda legislativa del H. Congreso del Estado de Aguascalientes, se llevó a cabo la decimocuarta sesión ordinaria misma que consistió en la sesión inmediata siguiente a la aprobación de la licencia..."

Pero, además, el proyecto avalado por la unanimidad de los magistrados electorales, califican como incongruente e inverosímil el argumento esgrimido por el Congreso del Estado en el sentido de que no conocían el nombre de la suplente y que por eso no había sido llamada, lo cual queda destruido por el mismo Poder Legislativo, pues en el dictamen de la licencia de Aurora Vanegas, se incluyó el nombre de Alejandra Peña Curiel.

"... No obstante la autoridad responsable señala en su informe que desconocía el nombre de la persona que fungía como titular de la suplencia de la Diputación propietaria, sin embargo con independencia de lo alegado por la responsable resulta incongruente e inverosímil para esta autoridad jurisdiccional que la falta de convocatoria a la diputada suplente para la toma de protesta se halla debido a un supuesto desconocimiento de la persona que tenía tal carácter, ya que en el propio dictamen que fue propuesto por el gremio y a su vez aprobado en su décima tercera sesión ordinaria de fecha 11 de diciembre, si se reconoció la calidad de diputada a Alejandra Peña Curiel cómo suplente de la fórmula encabezada por Aurora Venegas Martínez de ahí, que en vías de garantizar el derecho de efectivo del cargo de la actora la Presidencia de la Mesa Directiva tenía el deber y la atribución de convocarla y tomarle protesta sin mayor dilación para ocupar la Diputación propietaria y así evitar la merma de sus derechos político electorales y de las prerrogativas inherentes a su cargo..."

Finalmente, se señala que Alejandra Peña Curiel es ya diputada, aún sin que se le haya tomado la protesta, por lo que se ordena al Congreso incluirla en las comisiones correspondientes, así como pagarle los salarios caídos a partir del 18 de diciembre.

"... Sin embargo dada la actitud homicida por parte de la autoridad responsable de llevar a cabo dicho acto solemne y tomando en consideración que la misma es de tracto sucesivo, es decir que a la fecha de la emisión de la presente sentencia no obra prueba alguna que demuestre que la actora se encuentra ejerciendo el cargo se establece lo siguiente: Se le reconoce la calidad de diputada en funciones Alejandra Peña Curiel, en tanto se lleva a cabo la toma de protesta de ley, ello efecto de evitar que la vulneración en su derecho de acceso a la justicia del cargo sigue consume en ese sentido se ordena al Congreso local que de manera inmediata se incluya la diputada a las comisiones y trabajos que realizaba la Diputación propietaria a la vez que se ordena la toma de protesta de la respectiva como dispone la ley, realizando el pago de conceptos de dietas y remuneraciones que le corresponde a la actora con efectos al 18 de diciembre..."

Sin embargo, lo que no avaló la autoridad electoral, es que se le pagaran los salarios caídos desde el 22 de noviembre, fecha en que Aurora Vanegas presentó la licencia, tal como lo pretendía Alejandra Peña.

"... Por otra parte esta autoridad estima que no le asiste la razón a la parte actora en cuanto a su solicitud de que se le reconozca tal carácter a partir de la fecha de la presentación de la licencia por parte de la Diputación propietaria, o bien desde la fecha de su presentación de su primer escrito de solicitud de toma de protesta, esto es el 22 y 25 de noviembre de conformidad con los criterios emitidos por la Sala Regional Monterrey..."

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Reconoce Tribunal Electoral a Alejandra Peña como diputada, pese a no tener la toma de protesta 

Editor Redacción

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