Van por decreto para que municipios puedan solicitar financiamiento conjunto

Recibe el Congreso del Estado, por parte de la gobernadora Tere Jiménez, solicitud para emitir el decreto que autorizará a los municipios del Estado, con excepción de Jesús María, a contratar un financiamiento conjunto para destinarlo a inversiones públicas productivas.
El documento recibido por el Poder Legislativo el pasado 17 de junio, señala que esta solicitud de decreto se deriva de una petición formulada por el alcalde de Calvillo el pasado 6 de junio, para el desarrollo de infraestructura.
Se trata de que los municipios contraten el financiamiento conjunto hasta por 490 millones 570 mil pesos y puedan utilizar hasta el 25 por ciento del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y/o un porcentaje del Fondo General de Participaciones y/o del Fondo de Fomento Municipal.
En el desglose formulado por la Secretaría de Finanzas, se marca el techo de endeudamiento que tiene cada municipio, de acuerdo a la fuente para el pago de dicho financiamiento.
En ninguno de los dos aparece el municipio de Jesús María.
En el caso de la fuente de pago del Fondo General de Aportaciones y del Fondo de Fomento Municipal, los techos marcados son:
El municipio capital no solicitaría esta deuda, para Asientos sería de 38.9 millones, para Calvillo serían 35.5 millones, Cosío 21.9 millones, Pabellón con 25.9 millones, Rincón de Romos 33.3 millones, San José de Gracia 27.6 millones, Tepezalá 18.1 millones, San Francisco de los Romo 57.6 millones y El Llano 26.3 millones, para un total de 285 millones 100 mil pesos.
En el caso de la fuente de pago del FAISMUN, tampoco aparece Jesús María y Aguascalientes tendría como techo 132 millones, Asientos 24 millones, Calvillo 28 millones, Cosío 9 millones, Pabellón 13 millones, Rincón 26 millones, San José de Gracia 13 millones, Tepezalá 11 millones, San Francisco de los Romo 20 millones y El Llano 14 millones, para un total en conjunto de 290 millones.
En la solicitud de decreto se señala que los empréstitos deberán ser formalizados en 2025 o a más tardar en 2026 y podrían ser manejados a través de un Fideicomiso Irrevocable de Administración, que estaría controlado por la Secretaría de Finanzas del Estado, en caso de que así lo decidan.
También se señala que en el caso de los créditos solicitados y que se pagarán con el FAISMUN, estos deberán ser amortizados en su totalidad en un plazo máximo de 853 días o antes de concluir el actual trienio, el 14 de octubre de 2027.
En cuanto al destino de estos recursos, se señala que deberán ser destinados a “inversiones público-productivas, consistentes en obras, acciones sociales básicas y/o, inversiones que beneficien directamente a la población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social, conforme a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social, así como en las zonas de atención prioritaria, en particular, en los siguientes rubros: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativo”.
Ahora bien, en cuanto a los créditos que se soliciten mediante el Fondo General de Aportaciones y del Fondo de Fomento Municipal, las reglas del decreto señalan que deberán contratarse este 2025 o a más tardar en 2026 a un plazo máximo de hasta 10 años, para lo cual deberán contar con el aval de sus respectivos ayuntamientos.
Los recursos obtenidos de este empréstito, señala la solicitud de decreto, deberán destinarse a:
“I. La construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público correspondiente al rubro de inversión "6000 Inversión Pública"; bajo el rubro "6100 Obra Pública en Bienes de Dominio Público".
II. La adquisición de bienes asociados al equipamiento de dichos bienes de dominio público, comprendidos de manera limitativa en los rubros de inversión "5000 Bienes muebles, inmuebles e intangibles", bajo los rubros: "5100 mobiliario y equipo de administración", "5200 Mobiliario y equipo educacional y recreativo", "5300 Equipo e instrumental médico y de laboratorio", "5500 Equipo de defensa y seguridad" y "5600 maquinaria, otros equipos y herramientas".
III. La adquisición de bienes para la prestación de un servicio público, comprendidos de manera limitativa en los rubros de inversión "5400 vehículos y equipo de transporte" y "5800 Bienes inmuebles", de manera limitativa para terrenos de acuerdo al clasificador por objeto de gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
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