Vuelve la Suprema Corte a dar palo a Congreso del Estado, ahora en secuestros
La Suprema Corte de Justicia de la Nación vuelve a enmendar la plana al Poder Legislativo local, el cual pretendía regular y legislar sobre el tema de secuestros, lo que es una potestad que corresponde exclusivamente a los legisladores federales, en específico en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.
La resolución de la Suprema Corte se da a raíz de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de las modificaciones al artículo 87, párrafo segundo, en su porción “así como en cualquiera de las variables o modalidades de la figura típica de secuestro”, del Código Penal de Aguascalientes, reformado en abril de 2022.
En específico, la reforma se trataba de que no prescribiera el castigo en contra de las personas que cometieran el delito de secuestro, con lo que los diputados locales invadieron lo mandatado por la Constitución Federal, la cual señala que será el Congreso de la Unión, el único habilitado para legislar en materia del delito de secuestro.