Aprueba SCJN obligación de patrones de proporcionar vivienda y alimentos a trabajadores del campo
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT) que obligan a los empleadores del sector agrícola a proporcionar alojamiento temporal digno y alimentación sana a las personas trabajadoras del campo.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte rechazó otorgar el amparo solicitado por las empresas Agrícola Alerco, Agriexport y Agrícola Reyes Pesqueira, que buscaban invalidar los artículos 283 y 284 de la LFT, reformados en 2024.
Las empresas argumentaron que las modificaciones trasladaban a los empleadores responsabilidades que corresponden al Estado y les imponían cargas adicionales.
Sin embargo, la ministra ponente, Yasmín Esquivel Mossa, sostuvo que las reformas no establecen obligaciones nuevas o desproporcionadas, sino que precisan las condiciones mínimas que deben cumplir las habitaciones temporales destinadas a las personas trabajadoras agrícolas y sus familias durante la relación laboral.
La ministra también aclaró que la obligación patronal de proporcionar alojamiento gratuito no sustituye las aportaciones al Infonavit, debido a que se trata de mecanismos con objetivos distintos.
Explicó que mientras el derecho a una vivienda digna y la obligación de brindar alojamiento temporal buscan garantizar condiciones adecuadas durante la relación laboral, las aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores tienen como finalidad constituir depósitos y establecer un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores acceder a créditos para adquirir una propiedad.
Durante la discusión, las ministras y ministros coincidieron en que las personas trabajadoras del campo enfrentan condiciones históricas de marginación y vulnerabilidad que justifican la existencia de medidas específicas de protección laboral.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló que las actividades agrícolas suelen desarrollarse en zonas alejadas de los centros de población, lo que dificulta el acceso de los trabajadores a vivienda, alimentación, servicios de salud y otros derechos básicos.
Consideró que el objetivo de las reformas no es imponer cargas arbitrarias a los empleadores, sino responder a una realidad social que durante décadas ha colocado a este sector en condiciones de especial vulnerabilidad.
En tanto, la ministra Lenia Batres Guadarrama destacó que, de acuerdo con cifras oficiales correspondientes al primer trimestre del año, alrededor de 3.4 millones de personas trabajan en actividades agrícolas en México y más del 80% lo hace en la informalidad.
Añadió que la escolaridad promedio de este sector apenas alcanza el sexto grado de primaria y que la edad media supera los 49 años, indicadores que, dijo, reflejan la vulnerabilidad estructural de quienes trabajan en el campo.
El ministro Arístides Guerrero García también señaló que, según organismos internacionales, más del 80% del empleo agrícola en América Latina se desarrolla en la informalidad, una situación que afecta especialmente a mujeres, jóvenes, personas mayores y habitantes de comunidades rurales.
El ministro consideró que existe una contradicción en el hecho de que quienes producen los alimentos que consume la población sean, en muchos casos, quienes enfrentan mayores dificultades para acceder a una alimentación adecuada y una vivienda digna.
Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz destacó la situación de miles de familias, muchas de ellas indígenas, que cada año migran temporalmente del sur hacia el norte del país para incorporarse a labores agrícolas.
Aguilar Ortiz relató que ha sido testigo de cómo, al concluir el ciclo escolar, familias completas son trasladadas hacia regiones agrícolas, donde pueden encontrarse con salarios bajos, hacinamiento y condiciones laborales precarias.
Recordó particularmente las movilizaciones de trabajadores agrícolas de San Quintín, Baja California, y Ensenada en 2015, cuando jornaleros reclamaron mejores condiciones laborales.
El ministro señaló que durante esa época algunos trabajadores recibían pagos diarios de entre 70 y 80 pesos y vivían en condiciones de hacinamiento, además de enfrentar esquemas laborales que calificó de similares a las antiguas tiendas de raya.
Por ello, consideró relevante que la Suprema Corte haya avalado las reformas a la Ley Federal del Trabajo, al estimar que contribuyen a fortalecer las condiciones de vida y laborales de un sector integrado por miles de trabajadores y sus familias.
Con la resolución, la SCJN determinó que las obligaciones patronales de proporcionar alojamiento temporal digno y alimentación sana a los trabajadores del campo son compatibles con la Constitución y forman parte de las medidas de protección dirigidas a garantizar condiciones laborales adecuadas para este sector.
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