Sánchez Cordero teme que “malandrines” ocupen cargos en el Poder Judicial por elección popular
La exministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ex secretaria de Gobernación, y exsenadora Olga Sánchez Cordero, alertó sobre los riesgos de que “malandrines” ocupen cargos en el Poder Judicial derivado de la elección de jueces y magistrados que propone la reforma judicial.
Tras su credencialización como diputada federal de Morena por la vía plurinominal, Sánchez Cordero reconoció como preocupante que, en el proceso de elección de jueces y magistrados por voto popular, como lo dicta la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador, respaldada por su partido, no se preste suficiente atención a los requisitos de idoneidad y el perfil de los aspirantes a formar parte del Poder Judicial.
Al reconocer que el voto popular es “irreductible”, la exsecretaria de Gobernación ofreció “cuidar quiénes sí van” a formar parte del Poder Judicial, considerando que “hay temas de profesionalismo, de experiencia, pero hay otros también importantes como la honestidad, la honorabilidad, de que no lleguen ahí ‘malandrines’ y que además tengan el privilegio de la carrera judicial”.
Entrevistada por reporteros de la fuente de la Cámara de Diputados, Sánchez Cordero resaltó que es una realidad que quienes lleguen al Poder Judicial por el método de elección popular tendrán “un periodo de aprendizaje muy largo”, de ahí que recomendó “cuidar más los requisitos, la idoneidad, la elegibilidad y el perfil”.
Sin ahondar en la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de otorgar la mayoría calificada a su partido, Sánchez Cordero se limitó a destacar la importancia de “dar pluralidad y voz a todas las fuerzas políticas”.
La exsenadora apuntó que además de la reforma al Poder Judicial, la legislatura que toma posesión el 1 de septiembre, tendrá que revisar las reformas relacionadas con la desaparición de los órganos constitucionalmente autónomos, que antes existían como órganos reguladores “y de repente los hicieron constitucionalmente autónomos”.
Abundó que se justifica la existencia de órganos reguladores, “pero no la naturaleza jurídica de constitucionalmente autónomos, porque así no tienen controles constitucionales”.
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