Suprema Corte invalida reforma de Nuevo León por invadir facultades de la UIF

SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una reforma que entró en vigor hace dos años en Nuevo León, la cual establecía que la Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera del estado era la única autoridad facultada para inmovilizar cuentas o valores del sistema financiero, al considerar que dicha atribución invade competencias exclusivas de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Por mayoría de votos, el Pleno de la Corte avaló el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, en el que se determinó que el artículo 33 Bis de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de Nuevo León vulneró la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para legislar en materia de inteligencia financiera.

El asunto fue analizado a partir de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el artículo que entró en vigor el 13 de febrero de 2024.

Durante la sesión, el presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, explicó que a la Fiscalía estatal se le otorgaron atribuciones de investigación similares al modelo federal, lo cual contraviene el marco constitucional.

"La Unidad de Inteligencia Financiera tiene la facultad de documentar y posteriormente solicitar que se ejerza la facultad de investigación y, en su caso, la acción penal, que corresponde a la Fiscalía. Pero aquí, a la Fiscalía del estado de Nuevo León se le dieron facultades de investigación que el artículo 21 de la Constitución solo reserva a la Fiscalía General de la República y al Ministerio Público", señaló.

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf consideró que el segundo y tercer párrafo del artículo 33 Bis, así como el sexto transitorio del decreto impugnado, también vulneran la facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo estatal.

Explicó que el segundo párrafo del artículo establece que la Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera sería la única autoridad competente para generar, obtener, analizar y consolidar información financiera, fiscal y patrimonial, lo que desplaza el ámbito administrativo de la inteligencia financiera.

"Esta cláusula de exclusividad impide al Ejecutivo organizar y mantener una unidad administrativa con funciones preventivas y técnicas en la materia", subrayó la ministra.

La Corte determinó que la resolución tendrá efectos retroactivos, al tratarse de materia penal, por lo que deberán dejarse sin efecto los aseguramientos o inmovilizaciones de cuentas de las personas que resultaron afectadas por la aplicación de la norma desde su entrada en vigor el 13 de febrero de 2024.

Cabe señalar que el ministro ponente propuso declarar la validez de otros artículos contenidos en el decreto impugnado, los cuales no fueron alcanzados por la declaratoria de invalidez.

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