Queda libre el "Maestro Justiciero"

Queda libre el "Maestro Justiciero"

La mañana de este miércoles 24 de abril quedó en libertad Mauricio Marín Campos, el profesor conocido como Maestro Justiciero, a quien el ladrón que se metió en su casa lo acusó de privación ilegal de la libertad y lesiones dolosas calificadas.

El juez emitió un auto de no vinculación a proceso en virtud de que la autoridad jurisdiccional considera lo siguiente:

 

–El imputado actuó con la finalidad de realizar una detención ciudadana ya que localizó a la víctima en flagrancia, lo que lo posibilita a a detenerlo, aunado a que estaba repeliendo una agresión de la que estaba siendo víctima; por la pura intromisión de la víctima al domicilio, estaba expedita la facultad para que realizará la detención, estaba protegiendo su patrimonio y su persona, considerando la juez que es una situación lógica.

 

–Considera que no se constató que estaba amarrado porque los aprehensores no hicieron inspección de que estaba amarrado (Por lo que respecta a la privación ilegal de la libertad)

 

–Decreta de nula la declaración de la testigo, en base al artículo 97 y 290 del código nacional de procedimientos penales, ya que ella ingresó a un domicilio sin autorización, sin consentimiento y sin intención de repeler una agresión, por lo que ella actuó violando un derecho humano.

Aunado a que se considera que su dicho es ineficaz ya que ella no presenció los hechos, sobre poniendo las manifestaciones del imputado a las de ella, ya que la juez refiere que las del imputado son las válidas, ya que el si establece circunstancias de tiempo, modo y lugar.

 

–Considera que no encuentra motivos lógicos para demeritar el dicho del imputado, ya que solo se tiene su entrevista hasta este momento.

 

–Respecto a las lesiones considera no están acreditadas acontecieron después de que lo amarra, ya que el dicho de la testigo fue excluido por qué ingreso de manera ilegal al domicilio, por lo que considera que el dicho del imputado cobra validez, ya que el mismo narra los hechos que el desplegó, de que esas lesiones derivan de la agresión que el mismo repelió. Manifestaciones que deben de tomarse en consideración por qué es la única persona que estuvo ahí además del pasivo.

 

–Reitera que el imputado actuó en legítima defensa, ya que estaba en su casa, aunado a que considera que el daño causado al pasivo es suficiente para repeler la agresión de la que el activo estaba siendo víctima, el azadón considera es proporcional ya que es el mismo instrumento con el que el pasivo agredió al activo, que el pasivo ingresó de manera fortuita y agredió, lo que evidencia que actuó en defensa de su vida y de patrimonio.

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