Eliminan la tutela forzada del esposo sobre la esposa y viceversa
El Congreso del Estado elimina la tutela forzosa del esposo sobre la esposa y viceversa.
En pleno siglo XXI en el Código Civil del Estado seguía estipulándose lo anterior y era el artículo 508 el que señalaba lo anterior:
Artículo 508.- El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer y
ésta lo es de su marido.
Finalmente, esta propuesta de reforma presentada en la anterior legislatura fue avalada por los actuales legisladores para quedar de la siguiente manera:
Articulo 508.- Entre cónyuges existe tutela legítima.
"... Ya que el lenguaje puede contribuir a la construcción de formas de discriminación, reforzar conductas y estereotipos de género y generar violencia simbólica hacia la mujer, en particular el uso de expresiones como "su marido y su mujer" refuerzan una concepción binaria y sexista, excluyendo a los matrimonios del mismo sexo y por ende colocando estas uniones en una situación de indefensión frente a posibles problemas legales en el futuro..."
En la exposición de motivos, se señalaba lo anterior:
“Ello es fundamental para promover la igualdad, garantizar el acceso a la justicia y evitar la reproducción de estereotipos y prejuicios. Además. refuerza el reconocimiento y la protección de los derechos de todas las personas, sin importar su género, orientación sexual, raza o cualquier otra característica personal”.
"... La reforma propuesta tiene la intención de establecer el término neutral de cónyuges para evitar cualquier tipo de discriminación en la legislación, alineándose con el artículo primero de la Constitución Federal que prohíbe expresamente cualquier forma de discriminación..."
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