Liberación de vías en carreteras y otros bienes, corresponderá al concesionario
Otra de las reformas relevantes dentro del próximo periodo extraordinario de sesiones a celebrarse este jueves 19 de febrero, será la referente a la Ley de Bienes del Estado y el Código Urbano.
En este caso se trata de una reforma para incluir en la Ley de Bienes, que la liberación del derecho de vía en todos los títulos de concesión que otorgue el estado, deberá corresponder a los beneficiarios por la concesión.
Es así como la Ley de Bienes del Estado, quedaría de la siguiente manera:
Tratándose de carreteras, puentes y otros bienes susceptibles de concesionarse conforme a este Código, el título de concesión respectivo establecerá si la liberación total del derecho de vía quedará a cargo y responsabilidad exclusiva del concesionario. En estos casos, el inicio de la explotación de la carretera quedará condicionado a que el concesionario haya liberado y acreditado ante la autoridad competente el cien por ciento del derecho de vía correspondiente al tramo concesionado.
De la misma manera y con respecto al Código Urbano, también se agregan puntos a la regulación de las concesiones, en este caso para evitar vacíos legales o temas que no estén contemplados en ninguna ley.
Al respecto, el agregado al artículo 61 de dicho marco legal, quedaría de la siguiente manera:
Tratándose de concesiones en materia de carreteras, puentes y otros bienes relacionados, que no estén regulados por leyes específicas, se estará a lo establecido en el Código Urbano para el Estado de Aguascalientes.
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