Desmiente IEE al Congreso; sí les advirtieron sobre el respeto a los tiempos electorales
Desde el Instituto Estatal Electoral corrigen la plana al Congreso del Estado y aseveran que en la opinión técnica que les solicitaron y les enviaron desde el instituto sobre la creación del nuevo municipio en Villa Juárez, se les dieron varias condicionantes, entre recursos, delimitaciones, pero también en cuanto a los tiempos que se debían respestar, así lo señala Clara Beatriz Jiménez, presidenta del IEE, al ser cuestionada sobre los dichos desde el Poder Legislativo, en el sentido de que la aprobación del nuevo municipio con elecciones en este 2027, fue con la asesoría en positivo, del IEE, el INE y el Tribunal Local Electoral.
“Pues en nuestra opinión, nosotros decimos que debería publicar aprobarse y publicarse con la anticipación suficiente para que las autoridades electorales tanto la federal como nosotros podamos realizar los actos preparatorios necesarios antes del inicio y desarrollo de las etapas sustantivas propiamente del proceso electoral”.
De la misma manera, señala la presidenta, en el documento de la opinión técnica también se puso el respeto al artículo constitucional 115 fracción segunda, tal cual lo ha señalado la Suprema Corte de Justicia en su proyecto de sentencia, que podría ser avalado este jueves.
“Dentro de esta opinión técnica, nosotros también entre otras cosas este señalamos que debe tomarse en consideración el artículo 105 fracción segunda en último párrafo de la Constitución Federal, el que establece que las leyes federales y y locales deben promulgarse y publicarse por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse y que durante el mismo obviamente pues no se puede hacer modificaciones legales fundamentales. Todo esto es parte de la opinión técnica”.
Y finalmente, lo que señala la presidenta del IEE, es que también se incluyó en la opinión técnica, el tema de que modificar la geografía, con la creación de un nuevo municipio, bien podría repercutir significativamente en el tema electoral.
“Como parte -igual- de esta opinión, nosotros establecimos que la creación de un municipio, si bien no constituye en sentido estricto una reforma electoral ordinaria, sí es cierto que cuando dicha creación pretende producir efectos directos en un proceso electoral que ya está muy próximo, incluso que ya está en curso, puede incidir en elementos esenciales de la elección, eh tales como la delimitación territorial, la ciudadanía que votará por cada ayuntamiento, lista nominal, ubicación de casillas, etcétera, etcétera, registro de candidatos y demás”.
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