Otorgan derechos a instituciones de asistencia privada para recibir recursos públicos 

Aprueba el Congreso del Estado reformas para otorgar derechos y obligaciones a instituciones de asistencia privada, entre los que destaca la recepción de recursos públicos.

En este caso se trata de reformas a la Ley del Sistema de Asistencia Social y de Integración Familiar del Estado.

Se trata de la inclusión de dos artículos, el 61 Bis, que señala los derechos, entre los que se incluyen;

Eliminan la tutela forzada del esposo sobre la esposa y viceversa 

El Congreso del Estado elimina la tutela forzosa del esposo sobre la esposa y viceversa.

En pleno siglo XXI en el Código Civil del Estado seguía estipulándose lo anterior y era el artículo 508 el que señalaba lo anterior:

Artículo 508.- El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer y 
ésta lo es de su marido.

Finalmente, esta propuesta de reforma presentada en la anterior legislatura fue avalada por los actuales legisladores para quedar de la siguiente manera:

Articulo 508.- Entre cónyuges existe tutela legítima.